10 cosas que un tribunal arbitral debe evitar

15.09.2022

Estudié las sentencias de anulación de laudos emitidas por la Corte Superior de Justicia de Lima en el año 2022, hasta el mes de agosto pasado. De 257 recursos de anulación presentados, la Corte amparó 44.

¿Por qué lo hizo? Más allá de si estamos de acuerdo o no con las prácticas que la Corte encuentra anulables, árbitras y árbitros debemos evitar hacer cosas como las siguientes:

1.     Usar frases vacías de contenido, como, por ejemplo: “De acuerdo con la información que obra en el expediente…” (pero sin dar ningún detalle) o “El tribunal arbitral ha verificado que…” (pero no explicar cómo lo ha hecho).

2.     No valorar un peritaje de parte, no valorar los cuestionamientos que haya efectuado una contraparte o no hacer un razonamiento propio independiente al del perito.

3.     “Cortar y pegar” un medio probatorio tomado de los escritos, sin valorarlo en el laudo, mediante razonamientos pertinentes.

4.     No resolver las tachas contra un medio probatorio, para después emplearlo como base de determinado razonamiento probatorio.

5.     No analizar una excepción procesal deducida por una parte o aplicar “de oficio” una prescripción adquisitiva no alegada por ninguna de las partes.

6.     Incurrir en motivaciones contradictorias, por ejemplo, primero afirmando que una penalidad contractual ha sido bien aplicada, para más adelante, desconocer esta decisión.

7.     Resolver una pretensión accesoria como una pretensión principal, incurriendo en un razonamiento incongruente.

8.     Resolver un asunto no arbitrable o no sometido a la competencia del tribunal.

9.     Modificar las reglas procesales acordadas por las partes, alegando los poderes del tribunal arbitral.

10.  Aplicar un plazo de caducidad de oficio, sin haber ingresado este aspecto al debate procesal, para que las partes puedan pronunciarse previamente.

Las 10 cuestiones tienen que ver con el entendimiento, para la Corte, que su misión es velar por un concepto “fuerte” de las garantías del debido proceso, postura que critica y anula un concepto “débil” del debido proceso, sostenido por tribunales arbitrales cuyos laudos han sido anulados.

Cuidado, la Corte nos está mirando.

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