¿Sabes interrogar?

17.05.2024

Una de las habilidades más distintivas de una buena abogada es saber interrogar. Sea que ella se dedique al litigio, la consultoría o la función pública, saber interrogar es una herramienta esencial para que los abogados puedan recoger información, investigar en profundidad lo que ocurrió en un caso e incluso demostrar la verdad de sus alegaciones cuando de litigar se trata.

En el terreno del litigio, en Perú hemos estado acostumbrados por muchos años a interrogar mal. Desde el típico interrogatorio que hace un suboficial en una comisaría, tratando de avanzar investigaciones preliminares dispuestas por un fiscal, hasta el interrogatorio que hace un abogado en una corte civil, usualmente la formulación de preguntas es desprolija. Lo es porque ni los funcionarios ni los abogados han investigado previamente, en profundidad, los “hechos” del caso, ni han recibido entrenamiento específico sobre cómo organizar un interrogatorio de testigos efectivo.

En un interrogatorio a un testigo, quien confirmará nuestra visión o “teoría del caso”, las preguntas que formulemos deben ser abiertas, siempre empezando con un adverbio de pregunta, de la forma: “¿Cuál es su nombre completo por favor?, ¿Sabe por qué ha sido llamado a declarar?, ¿Puede contarle a la Corte qué sucedió el día en que ocurrieron los hechos en controversia?” La forma de estas preguntas es clave para que el testigo, de manera espontánea y libre, apelando a sus mejores recuerdos, cuente qué vio, escuchó o palpó con sus propios sentidos de manera directa. Durante el interrogatorio el testigo declara, la abogada se limita a hacer preguntas abiertas.

El escenario cambia completamente cuando quien pasa a interrogar al mismo testigo es el abogado de la parte contraria. Aquí las preguntas serán cerradas, sugestivas, precisas, de la forma: “¿Su norme el Federico El Grande, verdad?, ¿Usted presenció el hecho en controversia el domingo 5 de abril a las 9 de la noche, es correcto?, ¿Ha esa hora estaba oscuro y había muy poca visibilidad, verdad?” La forma lingüística de estas preguntas apunta a contrastar la información que tiene el interrogador, solo pidiendo confirmaciones del testigo, para intentar generar una sensación de incredulidad sobre el testimonio.

Mientras en el interrogatorio directo la abogada intenta acreditar al testigo y que confirme su teoría del caso, en el contra examen el abogado de la contraparte intenta hacer exactamente lo opuesto.

Pero saber hacer preguntas no es moneda corriente entre nosotros. Ya hay muchos manuales de litigación y vídeos demostrativos en internet sobre el particular, pero entre “el dicho y el hecho hay mucho trecho” como decían las abuelas. Será necesario pasar muchas horas de práctica bien dirigida para adquirir una habilidad tan fundamental como saber interrogar.

Siguiente
Siguiente

Desentrañando el enigma del lenguaje judicial